Fondos de parentesco y respiro
Los tutores designados por un Tribunal de Sucesiones o un Tribunal Superior, y los tutores temporales designados por el Tribunal de Sucesiones pueden ser elegibles para recibir fondos de los Tribunales de Sucesiones a través de los programas del Fondo de Parentesco y del Fondo de Respiro Familiar. Las directrices para cada fondo son las siguientes:
El Fondo de Parentesco
El juez puede autorizar una subvención de hasta $550 por niño al año, con un máximo de $2,200 por familia. Las subvenciones deben utilizarse para el niño o los niños para:
- Salud (gafas, cuidado dental, tratamiento de mejora auditiva);
- Enriquecimiento (excursiones escolares, clubes o cuotas deportivas, compra de material deportivo, clases educativas o tutorías, compra de material de arte, materiales para tareas creativas, libros);
- Desarrollo (ropa para funciones sociales que marcan hitos del desarrollo, fotografías u otros recuerdos); y
- Necesidades básicas (ropa y útiles escolares, abrigos, gorros, guantes, botas, zapatillas o artículos estrechamente relacionados)
El Fondo de Respiro
El juez podrá autorizar una subvención de hasta $2,200 anuales a tutores o custodios temporales para el respiro. Los fondos de la subvención podrán utilizarse para los siguientes fines para los menores bajo su cuidado:
- Vivienda (alquiler, intereses hipotecarios, impuestos prediales, mantenimiento, seguros);
- Alimentos (comestibles, comidas escolares, restaurantes);
- Transporte (transporte público y costos de compra y financiación de automóviles, seguros, gasolina, mantenimiento);
- Ropa y artículos de cuidado personal;
- Educación (matrícula, libros, útiles, uniformes, lecciones, clases de educación para conductores);
- Cuidado de niños (clases de guardería, cuidado de niños, campamento de verano, vacaciones, entretenimiento, equipo recreativo, material de lectura); y
- Asignaciones de gastos
Elegibilidad
Para ser elegible para una subvención del Fondo de Respiro Familiar o de Parentesco, un tutor o custodio temporal debe cumplir todos los siguientes requisitos:
- Actúa como tutor o custodio temporal de un niño menor de edad como resultado de un nombramiento por parte del Tribunal de Sucesiones o del Tribunal Superior de Asuntos Juveniles;
- Califica en el momento de la solicitud de subvención para una exención de tarifa del Tribunal de Sucesiones o un juez de sucesiones determina que la necesita;
- No está recibiendo beneficios o subsidios del DCF; y
- Ha presentado una solicitud de subvención junto con toda la documentación requerida
Premios de subvenciones
Los montos de las subvenciones son determinados por un juez de sucesiones y pueden variar según la disponibilidad de fondos. Un tutor o custodio temporal puede solicitar subvenciones durante varios años, siempre que cumpla con todos los requisitos de elegibilidad. Las solicitudes están disponibles en la secretaría del Tribunal de Sucesiones o haciendo clic en el enlace a continuación. Nota: Junto con la solicitud de subvención, se debe presentar una exención de tasas y un decreto que designe al solicitante como tutor del menor.