Asuntos de niños

Fondos de parentesco y respiro

Los tutores designados por un Tribunal de Sucesiones o un Tribunal Superior, y los tutores temporales designados por el Tribunal de Sucesiones pueden ser elegibles para recibir fondos de los Tribunales de Sucesiones a través de los programas del Fondo de Parentesco y del Fondo de Respiro Familiar. Las directrices para cada fondo son las siguientes:

El Fondo de Parentesco

El juez puede autorizar una subvención de hasta $550 por niño al año, con un máximo de $2,200 por familia. Las subvenciones deben utilizarse para el niño o los niños para:

  • Salud (gafas, cuidado dental, tratamiento de mejora auditiva);
  • Enriquecimiento (excursiones escolares, clubes o cuotas deportivas, compra de material deportivo, clases educativas o tutorías, compra de material de arte, materiales para tareas creativas, libros);
  • Desarrollo (ropa para funciones sociales que marcan hitos del desarrollo, fotografías u otros recuerdos); y
  • Necesidades básicas (ropa y útiles escolares, abrigos, gorros, guantes, botas, zapatillas o artículos estrechamente relacionados)

El Fondo de Respiro

El juez podrá autorizar una subvención de hasta $2,200 anuales a tutores o custodios temporales para el respiro. Los fondos de la subvención podrán utilizarse para los siguientes fines para los menores bajo su cuidado:

  • Vivienda (alquiler, intereses hipotecarios, impuestos prediales, mantenimiento, seguros);
  • Alimentos (comestibles, comidas escolares, restaurantes);
  • Transporte (transporte público y costos de compra y financiación de automóviles, seguros, gasolina, mantenimiento);
  • Ropa y artículos de cuidado personal;
  • Educación (matrícula, libros, útiles, uniformes, lecciones, clases de educación para conductores);
  • Cuidado de niños (clases de guardería, cuidado de niños, campamento de verano, vacaciones, entretenimiento, equipo recreativo, material de lectura); y
  • Asignaciones de gastos

Elegibilidad

Para ser elegible para una subvención del Fondo de Respiro Familiar o de Parentesco, un tutor o custodio temporal debe cumplir todos los siguientes requisitos:

  • Actúa como tutor o custodio temporal de un niño menor de edad como resultado de un nombramiento por parte del Tribunal de Sucesiones o del Tribunal Superior de Asuntos Juveniles;
  • Califica en el momento de la solicitud de subvención para una exención de tarifa del Tribunal de Sucesiones o un juez de sucesiones determina que la necesita;
  • No está recibiendo beneficios o subsidios del DCF; y
  • Ha presentado una solicitud de subvención junto con toda la documentación requerida

Premios de subvenciones

Los montos de las subvenciones son determinados por un juez de sucesiones y pueden variar según la disponibilidad de fondos. Un tutor o custodio temporal puede solicitar subvenciones durante varios años, siempre que cumpla con todos los requisitos de elegibilidad. Las solicitudes están disponibles en la secretaría del Tribunal de Sucesiones o haciendo clic en el enlace a continuación. Nota: Junto con la solicitud de subvención, se debe presentar una exención de tasas y un decreto que designe al solicitante como tutor del menor.