Normas de presentación electrónica
La Oficina del Administrador del Tribunal Sucesorio publicó las Normas de Presentación Electrónica de conformidad con el artículo 21.1 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal Sucesorio. Estas Normas complementan el Reglamento de Procedimiento, las disposiciones legales y la jurisprudencia. Se recomienda a los usuarios revisarlas periódicamente, ya que se actualizan continuamente.
Para obtener ayuda en el uso del sistema de presentación electrónica, consulte https://turbocourt.com/support.jsp .
Requisitos de hardware y software
Requisitos de hardware y software
Para utilizar el sistema de presentación electrónica de los Tribunales de Sucesiones de Connecticut, debe tener acceso a:
- Servicio de Internet (se recomienda cable o acceso a Internet de alta velocidad)
- Una computadora personal con una versión de cifrado de 128 bits de Microsoft Internet Explorer® 11 o superior; Microsoft Edge, Google Chrome 50.0 o superior; Safari o Mozilla Firefox 25.0 o superior
Todos los navegadores web son actualizados periódicamente por sus respectivos proveedores para mejorar el rendimiento y eliminar vulnerabilidades de seguridad. El sitio web de Catalis (TurboCourt) se mantiene y prueba periódicamente para garantizar su compatibilidad con las últimas versiones de los navegadores web mencionados anteriormente. Versiones anteriores de estos navegadores también pueden ser compatibles, pero no se garantiza la compatibilidad. Recomendamos encarecidamente actualizar su(s) navegador(es) web a la última versión disponible. También recomendamos borrar los archivos temporales de internet (caché) de su navegador. El sitio web de Catalis (TurboCourt) requiere que el navegador web sea compatible con JavaScript y acepte cookies de sesión (pequeños datos enviados desde un sitio web y almacenados en el ordenador del usuario por el navegador web). De forma predeterminada, todos los navegadores web mencionados anteriormente están configurados para cumplir con estos requisitos.
- Un navegador que admita cifrado de 128 bits y el protocolo Secure Sockets Layer (SSL) versión 2.0
- Adobe Acrobat® Reader DC® o superior
- Un escáner para digitalizar documentos en papel
Los documentos deben entregarse en formato PDF. PDF es un formato de archivo universal que conserva las fuentes, imágenes, gráficos y diseño de cualquier documento original, independientemente de la aplicación y la plataforma utilizadas para su creación. El sistema de presentación electrónica no acepta documentos en Word, WordPerfect ni otros formatos de procesamiento de texto.
Además, el sistema de presentación electrónica no acepta imágenes, archivos .jpeg, .gif, .png ni similares, ya que no son documentos. Antes de enviar una imagen al sistema de presentación electrónica, debe convertirse a PDF. El Tribunal de Sucesiones devolverá las imágenes que no se conviertan a PDF.
El sistema de presentación electrónica acepta hasta 10 documentos separados en una sola presentación (excluyendo la comparecencia del abogado y cualquier hoja de información confidencial) y cada documento puede tener hasta 25 MB.
Escanear documentos a color o escanear papel a color aumenta significativamente el tamaño del documento. Dado que el tribunal podría no poder ver ni imprimir documentos a color, los documentos a color se convertirán a blanco y negro o escala de grises.
Cuándo es obligatoria la presentación electrónica
Cuándo es obligatoria la presentación electrónica
La presentación electrónica es obligatoria para todos los abogados que comparecen en un asunto sucesorio o son designados por un Tribunal Sucesorio, a menos que se les haya concedido una exclusión de la presentación electrónica. Los abogados pueden solicitar una exclusión de los requisitos de presentación electrónica completando la Solicitud de Exclusión de los Requisitos de Presentación Electrónica, PC-4. El formulario debe presentarse en la Oficina del Administrador del Tribunal Sucesorio, 186 Newington Road, West Hartford, CT 06110. Cada solicitud de exclusión será evaluada por el Administrador del Tribunal Sucesorio o su delegado.
La presentación electrónica es opcional para quienes no son abogados. Si el tribunal concede la solicitud de acceso a un asunto por parte de una parte que se representa a sí misma, esta deberá utilizar el sistema de presentación electrónica para dicho asunto.
Registro para presentación electrónica
Registro para presentación electrónica
Los usuarios de presentación electrónica deberán registrarse de la siguiente manera:
- Para personas que se representan a sí mismas, elija el tipo de cuenta “Individual”.
- Para abogados o bufetes de abogados, seleccione el tipo de cuenta "Abogado/Bufete de abogados". Esto incluye a profesionales independientes.
- Para los conservadores, envíen un ticket de ayuda a través del sistema de presentación electrónica para obtener asistencia.
- Para las agencias estatales de Connecticut participantes, comuníquese con su supervisor con respecto a cómo establecer su cuenta de agencia estatal a través de la Administración del Tribunal de Sucesiones.
- No utilice los tipos de cuenta “Empresa”, “Organización gubernamental o agencia estatal”, “Organización gubernamental exenta” o “Servidor de procesos”.
Cualquier persona asociada con el bufete de abogados puede crear una cuenta para el bufete.
Tanto los profesionales independientes como los bufetes de abogados utilizan el tipo de cuenta "Abogado/Bufete". El sistema requiere un número de juris individual para cada abogado que utilice la cuenta. El número de juris individual de un abogado no puede asociarse a más de una cuenta de Abogado/Bufete.
Cualquier persona asociada a un profesional independiente o a un bufete de abogados puede crear la cuenta de abogado o bufete. No es necesario que sea abogado.
Para obtener más información sobre cómo crear una cuenta firme, consulte las preguntas frecuentes sobre registro n.° 1.
Un abogado que se separa de un bufete debe actualizar su registro en los Servicios Electrónicos del Poder Judicial. Si el abogado que se separa tiene intención de continuar ejerciendo, debe crear una nueva cuenta de Abogado/Bufete o añadirse a otra cuenta existente.
El bufete anterior debe desactivar el acceso del abogado que se separa a la cuenta del abogado/bufete. El acceso del abogado que se separa a la cuenta anterior también se desactivará si el abogado asocia su número de juris con una nueva cuenta.
Se deberán presentar nuevas comparecencias para cada asunto en el cual haya comparecido el abogado que se separa.
La falta de actualización de los servicios electrónicos y de las cuentas del abogado o bufete de abogados o de presentar nuevas comparecencias puede dar como resultado la pérdida o el envío incorrecto de avisos, decretos y otras comunicaciones relacionadas con un asunto.
Las cuentas para las agencias estatales de Connecticut participantes se crean a través de la Administración del Tribunal de Sucesiones.
Los siguientes cuatro roles se aplican a todos los tipos de cuenta:
- Un administrador de empresa gestiona el perfil de la organización, añade usuarios a la cuenta y asigna los roles correspondientes. Tiene la autoridad para cambiar la contraseña de cualquier usuario de la cuenta.
- Un administrador de archivos archiva documentos y visualiza todas las presentaciones enviadas bajo la cuenta.
- Un usuario archiva documentos y consulta las presentaciones que envía. No puede ver los documentos presentados por otras personas con la misma cuenta.
- Un administrador financiero administra y revisa la información de pago.
Cualquier persona asociada al bufete puede crear una cuenta. Quien crea la cuenta recibe automáticamente los roles de "Administrador de la empresa", "Administrador de archivos", "Administrador financiero" y "Usuario".
Puede haber varias personas asignadas a cada uno de estos roles.
Cualquier persona que crea que sus credenciales han sido comprometidas debe comunicarse con Catalis (TurboCourt).
Acceso electrónico a asuntos del Tribunal de Sucesiones
Acceso electrónico a asuntos del Tribunal de Sucesiones
Para ver o archivar documentos en un asunto, un abogado debe tener:
- Registrado en el sistema de presentación electrónica; y
- Presentó una comparecencia o recibió una citación judicial en el asunto.
Para ver o presentar documentos en un asunto, una persona auto-representada debe tener:
- Registrado en el sistema de presentación electrónica; y
- Recibió verificación del tribunal de que la persona es parte en el asunto.
Un documento confidencial en un asunto no confidencial solo puede ser consultado a través del sistema de presentación electrónica por la persona que lo presentó o su abogado. En un procedimiento de tutela, el demandado o la persona bajo tutela y su abogado pueden consultar todos los documentos confidenciales.
El sistema requerirá la autenticación multifactor ("MFA") una vez durante la sesión para que el usuario pueda ver los documentos de un caso confidencial. El usuario puede elegir entre usar texto o correo electrónico como autenticación multifactor. Por razones de seguridad, se recomienda usar texto.
Una parte que busque sellar un documento o redactar información de un documento deberá presentar una moción conforme a las Reglas de Procedimiento del Tribunal de Sucesiones, regla 16 antes de presentar electrónicamente el documento. Presentar electrónicamente el documento antes de obtener una orden judicial para sellar o redactar dará como resultado la divulgación del documento.
Presentación electrónica de documentos
Presentación electrónica de documentos
En general, el sistema de presentación electrónica está disponible las 24 horas, los 7 días de la semana. El sistema podría desconectarse periódicamente por mantenimiento rutinario. La Oficina del Administrador del Tribunal Testamentario anunciará las interrupciones programadas en ctprobate.gov siempre que sea posible.
Los plazos de presentación se determinan en función del horario de cada tribunal y no de la disponibilidad del sistema de presentación electrónica. Véase el Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Sucesiones , regla 9.
Los horarios programados para cada Tribunal de Sucesiones se pueden encontrar en ctprobate.gov .
Consulte las Reglas de Procedimiento , sección 7.1a, para obtener una lista de los documentos que deben presentarse en formato papel.
Las pruebas de un asunto controvertido no deben presentarse electrónicamente. Consulte las Reglas de Evidencia de Connecticut.
Pago de tarifas
Pago de tarifas
El solicitante puede usar un cheque electrónico, una tarjeta de débito o una tarjeta de crédito para pagar las tasas y gastos legales de sucesión a través del sistema de presentación electrónica. El pago de las tasas y gastos aplicables debe realizarse mediante cheque electrónico, tarjeta de débito o tarjeta de crédito al momento de la presentación, a menos que el solicitante declare ser indigente y no poder pagar las tasas.
Los tribunales de sucesiones de Connecticut aceptan MasterCard, Visa, American Express y Discover.
Los siguientes cargos por servicio pueden aplicarse a los pagos realizados con cheque electrónico o tarjeta de crédito:
- $1.00 por cheque electrónico
- El mayor de $1,50 o el 2,45 % de los cargos por transacción con tarjeta de crédito
LexisNexis es el procesador de pagos. Las tarifas de servicio no son reembolsables.