Pagos de tarifas (Preguntas frecuentes)
Estas preguntas frecuentes tienen como objetivo ayudarle a realizar un pago electrónico y cuándo se requiere el pago.
Los tribunales de sucesiones de Connecticut aceptan Mastercard, Visa, American Express o Discover y cheques electrónicos.
Los declarantes deben, como parte del proceso de pago, certificar que, al ingresar el número de cuenta bancaria y de ruta o al ingresar el número de cuenta de tarjeta de débito o crédito y el código de seguridad, y enviar el pago, están autorizados a permitir que los Tribunales de Sucesiones de Connecticut debiten o carguen la cuenta por el monto indicado.
Para pagar con tarjeta de débito o crédito, ingrese el nombre y apellidos de la tarjeta, la dirección de correo electrónico (para recibir un recibo electrónico), un número de teléfono (opcional), el número de cuenta y la fecha de vencimiento de la tarjeta. También debe marcar la casilla al final de la página para autorizar el pago.
Cada vez que se realiza un pago, se requiere ingresar la misma información. Los Tribunales de Sucesiones de Connecticut no conservan la información de pago.
Para pagar con cheque electrónico, ingrese el nombre impreso en el cheque (el nombre del titular de la cuenta), el número de ruta del cheque y el número de cuenta. Se le pedirá que ingrese el número de ruta y el número de cuenta dos veces. Una vez procesado el pago, los fondos se cargarán en la cuenta para la que proporcionó la información.
Cada vez que realice un pago, deberá ingresar la misma información. Los Tribunales de Sucesiones de Connecticut no conservan su información de pago.
Si usted (el titular de la cuenta) tiene un filtro de débito que permite que solo ciertas personas o empresas lo debiten, debe notificar a su banco para que permita el débito en su cuenta para pagos de presentación electrónica. De lo contrario, su banco no permitirá el débito y el cheque electrónico será devuelto sin pagar al tribunal.
No. Cuando un documento requiere el pago de una tasa judicial, como una tasa de presentación o una tasa de registro de documentos, usted debe pagar las tasas o presentar una solicitud de exención de tasas al momento de la presentación.
Si los costos de registro de documentos asociados con una presentación suman $50 o más, el sistema de presentación electrónica los calculará y requerirá el pago por adelantado.
En el caso de las herencias de un difunto, el sistema de presentación electrónica no cobrará por adelantado las tasas de registro de documentos asociadas con la declaración de impuestos. El tribunal calculará las tasas de registro de documentos para la declaración de impuestos junto con la tasa de sucesión legal y enviará una factura al fiduciario.
Por lo general, los anexos y las pruebas a una moción u objeción no deben presentarse electrónicamente; deben presentarse de acuerdo con las Reglas de Evidencia de Connecticut. Si opta por presentar electrónicamente los anexos o las pruebas a una moción, se le cobrarán las tarifas de registro de documentos de acuerdo con la ley.
Sí. Podrá recuperar un estado de cuenta y pagar un saldo pendiente a través del sistema de presentación electrónica.
No. La asignación de los pagos se realiza en el siguiente orden:
- cargos por intereses
- Interés acumulado
- Saldo más antiguo al más nuevo
No. Comuníquese con el tribunal para obtener más información sobre el pago de las tarifas de notificación del proceso.
No. Comuníquese con el tribunal para obtener más información sobre el pago de avisos en periódicos.
Sí. Consulte el formulario de solicitud de exención de tasas para obtener información sobre los documentos de respaldo. Debe eliminar los números de seguro social (incluidos los números de los extractos de la Administración del Seguro Social y Medicare) antes de cargar los documentos. Cualquier declaración de impuestos que respalde una solicitud de exención de tasas puede enviarse por correo o entregarse en mano en el tribunal.
Si el tribunal deniega su exención de tasas, es posible que le devuelvan el conjunto de formularios con instrucciones para volver a presentarlo junto con la tasa de presentación correspondiente. En circunstancias excepcionales, el tribunal puede programar una audiencia y enviar una factura por la tasa de presentación, que deberá abonarse antes de la audiencia.
Si presenta un caso o documento duplicado que generó una tarifa de presentación, puede enviar una solicitud de reembolso por escrito al Tribunal de Sucesiones.
Si tiene problemas para que el pago con tarjeta de crédito se realice correctamente, debe comunicarse con LexisNexis Payment Solutions al (866) 628-9244 o al paymentsolutions@lexisnexis.com .