Acerca de los Tribunales

psicólogos

Por ley, los exámenes psicológicos deben ser realizados por un psicólogo designado por el tribunal en:

  • Colocaciones de personas con discapacidad intelectual (CGS artículo 17a-274) y
  • Asuntos de esterilización que involucran a personas incapaces de dar su consentimiento informado (CGS artículo 45a-695)

El Tribunal de Sucesiones también puede designar a un psicólogo, según el artículo 46b-150a(c) del Código de los Estados Unidos de América (CGS), que trata sobre la emancipación de menores, y según el artículo 45a-132a del CGS, según corresponda, para examinar a las partes presuntamente incapaces en cualquier asunto ante el Tribunal de Sucesiones en el que se cuestione la capacidad de una de las partes en la acción. La Oficina del Administrador del Tribunal de Sucesiones mantiene una lista de psicólogos que realizan estos exámenes. Esperamos que considere solicitar ser miembro del panel.

Unirse al Panel de Psicólogos

Para ser agregado al panel de psicólogos del Tribunal de Sucesiones y recibir un pago del Fondo de Administración del Tribunal de Sucesiones, debe enviar los siguientes documentos a la Oficina del Administrador del Tribunal de Sucesiones, 186 Newington Road, West Hartford, CT 06110. Los documentos pueden escanearse y enviarse por correo electrónico a melissa.gordon@ctprobate.gov o enviarse por correo postal a la dirección anterior marcada ATTN: Melissa Gordon.

  • Solicitud de admisión al panel de psicólogos en asuntos del Tribunal de Sucesiones
  • Currículum vitae
  • Copia de su licencia de psicólogo de Connecticut
  • Formulario de proveedor de la agencia del estado de Connecticut (SP-26NB), que forma parte de la solicitud
  • Formulario W-9

El número de identificación fiscal, el nombre comercial y la dirección deben coincidir en todos los formularios para que se le dé de alta en el sistema de cuentas por pagar. La tabla de honorarios de los psicólogos designados por el tribunal se encuentra a continuación.

Información de pago

Un psicólogo designado por el tribunal debe presentar el formulario PC-51 ante el Tribunal Sucesorio si el demandado u otras partes especificadas por la ley son indigentes, y el pago de los servicios debe realizarse con cargo al Fondo de Administración del Tribunal Sucesorio. A continuación se proporciona una factura PC-51 en blanco. Asegúrese de asignar un número de factura único a cada factura y recuerde que todas las facturas PC-51 deben presentarse ante el Tribunal Sucesorio dentro de los seis (6) meses posteriores a la fecha de prestación de los servicios.

NOTA: La División de Cuentas por Pagar de la Oficina del Contralor del Estado ofrece Depósito Directo (ACH) para el pago de facturas a proveedores. Los proveedores que participan en el depósito directo también están inscritos en el Autoservicio para Proveedores (VSS), que les permite consultar sus cuentas por pagar. Como se explica en el sitio web del contralor, la banca electrónica permite transferir fondos automáticamente a su institución financiera la noche en que los vea marcados como PAGADOS en VSS. Esto le permite utilizar esos fondos el siguiente día hábil después de que la oficina del contralor procese el pago.

Si estás interesado en participar, por favor visita:

  • Visite osc.ct.gov y busque el enlace al formulario de elección de depósito directo de proveedores (ACH) para individuos.
  • Envíe el formulario completo y una copia del formulario W-9 del IRS completo a la oficina del contralor a la dirección que figura en la página de instrucciones del formulario de elección.

Comuníquese con la Administración del Tribunal de Sucesiones si tiene alguna pregunta.